¿CÓMO HACER PARA ACCEDER AL TRATAMIENTO?

Centros de obtención de certificado para discapacitados por epilepsia refractaria

 

¿Cómo obtener el certificado único de discapacidad?Requisitos:

- Documento de identidad
- Resumen de historia clínica
- Últimos estudios realizados

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Seis hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires extienden el certificado único de discapacidad (CUD), estos son:

  1. En el Hospital Dr. José María Penna se extienden el CUD a los pacientes con certificación de epilepsia refractaria.

  2. El Hospital Alvear certificará las discapacidades mentales y la epilepsia refractaria.

    Otras discapacidades:

  3. Los hospitales Dr. José M. Penna y Dr. P. Piñero, tendrán a su cargo las discapacidades viscerales.

  4. El hospital Santa Lucía, tomará a su cargo la certificación de las discapacidades visuales.

  5. El Instituto de Rehabilitación Psicofísica (IREP), certificará las discapacidades motoras.

  6. El hospital Rocca, se encargará de certificar las discapacidades motoras y las sensoriales.

Para tramitar el Certificado Único de Discapacidad en alguno de estos seis hospitales, será necesario contar con domicilio acreditado únicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  Los hospitales certificadores entregarán los requisitos para tramitar las evaluaciones por parte de las Juntas.

Línea de atención gratuita: 0800-999-2727

Provincia de Buenos Aires

Si por el contrario el interesado tiene domicilio en la Provincia de Buenos Aires, deberá concurrir (puede venir otra persona en su lugar) al Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250) de 8.30 a 14 hs al área de turnos con su DNI original (excluyente) donde conste el domicilio actual; además, deberá presentarse con un certificado médico en donde conste el diagnóstico del paciente (no excluyente), con el objeto de ser asignado con el médico especialista, o bien conocer con precisión cuál es el diagnóstico a evaluar.


Es OBLIGATORIO para retirar el turno presentar DNI original, del solicitante sin excepción: NO se entregan turnos sin cumplir con este requisito. Además, es necesario conocer el diagnóstico específico del interesado.


Solo se extiende un (1) turno por persona, excepto Padres, Madres o familiares directos que puedan comprobar vínculo, y que necesiten más de un turno.


Si Ud. pertenece a un organismo oficial o no oficial, ONG, agrupación o asociación, y necesita retirar mas de un turno, deberá solicitar atención a través del personal destinado para tal fin.

Resto del País

Si el interesado reside en el interior del país, por favor visite la página WEB del Servicio Nacional de Rehabilitación www.snr.gov.ar e ir a la sección INFORMACIÓN PARA EL INTERIOR DEL PAIS donde constan las direcciones de todos los organismos nacionales y provinciales donde se puede tramitar el CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.

CIRCUITO PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.

Información General

- No olvide traer DNI original y una fotocopia.

- Si tiene Certificado de Discapacidad Provincial, deberá presentar una fotocopia.

- Si Ud. vive en Provincia de Buenos Aires pero su DNI registra domicilio fuera de esa jurisdicción, deberá presentar certificado de domicilio actual.


- Si el interesado es extranjero, debe presentar la correspondiente acreditación de identidad y en caso de ser necesario, certificado de domicilio.


- Si el interesado es menor de edad, debe concurrir con su padre o madre, y presentar partida de nacimiento y DNI Original del padre o madre.


- Si el interesado posee curatela, el curador deberá firmar la solicitud y aportar las fotocopias de la documentación que lo acredite como tal.

Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de las Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud,  Ramsay 2250  TE: 4783-8144/9077/4354 CABA.

En relación a los pacientes que presentan el diagnóstico de epilepsia resistente al tratamiento farmacológico ó epilepsia refractaria se encuentra en vigencia la Disposición N º 1612/2008 del Servicio Nacional de Rehabilitación en dónde se aprueban  la Normativa para Certificación de Discapacidad en Pacientes con Epilepsia.

Criterios para extender el Certificado de discapacidad en Epilepsia

- Se extenderá el Certificado de discapacidad a todos aquellos pacientes que puedan demostrar la presencia de CRISIS EPILEPTICA REFRACTARIA AL TRATAMIENTO que interfieran con la actividad que cotidianamente debería desarrollar el paciente acorde a su edad y sexo.

- Se extenderá el Certificado de discapacidad a todos aquellos pacientes que puedan demostrar la presencia de CRISIS EPILEPTICA REFRACTARIA AL TRATAMIENTO asociada a otros síndromes.

Requisitos para extender el Certificado de discapacidad

1. Certificado de médico especialista donde conste:

- Diagnóstico
- Estado actual
- Tipo de crisis y frecuencia
- Esquemas terapéuticos realizados (indicando dosis y duración de cada uno de ellos).

2. Completar planilla para certificar discapacidad en pacientes epilépticos por médico especialista.

3. Laboratorio: Dosaje en sangre de drogas antiepilépticas (Sólo si ha recibido dos drogas en monoterapia sin
control de las crisis).

4. Presencia del paciente el día de la junta médica.

5. Concurrencia con el Documento Nacional de Identidad.

 

 

 

 

   
SOBRE LACE
LACE
Autoridades
Links amigos
Contacto
 
QUÉ ES LA EPILEPSIA
Aprendiendo sobre la epilepsia
La epilepsia y la mujer
La epilepsia y los niños
La epilepsia y el hombre
La epilepsia en la tercera edad
Tratamientos
Preguntas Frecuentes
¿Qué hacer ante una crísis?
 
ASISTENCIA A LA COMUNIDAD
Centros de asistencia (mapa interactivo)
Públicos
Privados
Grupos de Ayuda
Actividades para la comunidad
 
ASESORIA LEGAL
Ley Nacional de Epilepsia
Centros de obtención de certificado para discapacitados por epilepsia refractaria
Cobertura para Tratamiento Crónico
CONTACTO
PARA MEDICOS
Registro
Revistas de la International League
Publicaciones de la SNA
 
LACE